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Sernac apelará fallo que rechazó la demanda colectiva contra tarjeta Presto

La acción judicial buscará revertir el fallo de primera instancia y lograr que la empresa compense a todos los consumidores que se vieron afectados.

Por: Diario Financiero Online | Publicado: Lunes 18 de enero de 2016 a las 18:55 hrs.
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El Servicio Nacional del Consumidor (Sernac) anunció esta tarde que apelará ante la Corte de Apelaciones de Santiago el fallo que rechazó la demanda colectiva presentada por el organismo en contra de la tarjeta Presto.

Por medio de un comunicado, la institución explicó que la acción judicial buscará revertir el fallo de primera instancia, lograr que la empresa Presto compense a todos los consumidores que se vieron afectados, y que la justicia le aplique el máximo de las multas.

Hay que recordar que la demanda colectiva se presentó luego que Presto mantuviera en Dicom a los consumidores que habían repectado sus deudas, basándose en una claúsula del documento en la que se les hacía firmar al reprogramar. 

Dicha cláusula señalaba: "acepto que la suscripción de este documento no hace cesar la mora, por lo que no conlleva la eliminación de mis antecedentes comerciales y/o financieros sino hasta el pago de la última cuota". Entonces, aunque el cliente repactara la deuda y estuviera al día, se le mantenía en Dicom hasta que pagara el monto en su totalidad.

A juicio del organismo, cuando una deuda se repacta, rigen nuevas condiciones y plazos, por lo que no se justifica que se mantenga al consumidor en ningún registro de morosidad.

Hoy, el 16º Juzgado de Garantía de Santiago rechazó la demanda del Sernac contra Servicios y Administración de Créditos Comerciales Presto, al determinar que la permanencia en Dicom de los usuarios cuyas deudas habían sido renegociadas y estaban al día correspondían, puesto que pese al nuevo modelo de pago seguían siendo morosos. Además, argumentó la existencia de errores jurídicos en la presentación de la demanda.

El Sernac tiene hasta el próximo lunes 25 de enero para presentar su apelación contra el fallo de primera instancia.

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